27 de julio de 2018
Cálculo de impuesto
- El calculo del impuesto será de forma bimestral, y deberá enterarse a mas tardar el ultimo día del mes siguiente del bimestre a declarar.
- El impuesto que se determine a cargo durante el bimestre se podrá disminuir de acuerdo a los porcentajes y a los años que lleven tributando en este Régimen, conforme a lo siguiente:
- Al termino de este periodo de 10 ejercicios, deberán tributar en el régimen de personas físicas con Actividades empresariales y Profesionales.
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Servicios contables: Propuesta detallada y cuestionario de solicitud de cotización formal
Contabilidad
Régimen de incorporación fiscal
Ley de impuesto sobre la renta. (L.I.S.R.) Título II, Capítulo II, Sección I, De las deducciones en general Artículo 28 […]
ContabilidadImpuestos
Las deducciones en general
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